Actividades permitadas en una sociedad uruguaya

Actividades permitidas

Los usuarios de Zonas Francas pueden realizar dentro de ellas toda clase de actividades comerciales, industriales y de servicios, tales como:

  • Comercialización, depósito, almacenamiento, acondicionamiento, selección, clasificación, fraccionamiento, armado, desarmado, manipulación o mezcla de mercaderías o materias primas de procedencia extranjera o nacional
  • Instalación y funcionamiento de establecimientos fabriles
  • Prestación de servicios financieros, de informática, reparaciones y mantenimiento, profesionales y otros que se requieran para el mejor funcionamiento de las actividades instaladas y la venta de dichos servicios a terceros países
  • Otros servicios que resulten beneficiosos para la economía nacional y la integración

Ventajas de operar en zona franca

En las Zonas Francas existe una total exención tributaria, con excepción de los aportes de Seguridad Social (que en algunas circunstancias también están exonerados).

Los usuarios de Zonas Francas no están gravados por los impuestos a la renta, al patrimonio, al valor agregado, ni por ningún otro tributo nacional creado o a crearse.

Tanto el ingreso de bienes y servicios a Zona Franca, como su egreso al exterior están exentos de pago de todo tributo, incluyendo todo gravamen aduanero.

No rigen los servicios monopólicos del Estado.

Los costos de operaciones portuarias son más beneficiosos.